
¿Cómo afectará el COVID-19 a la gestión de siniestros?

13 de mayo de 2020
NUESTROS EXPERTOS:
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Edición editorial:
Juan F.SamaniegoDesde que fue declarada la pandemia de COVID-19 y la gran mayoría de países optaron por medidas más o menos restrictivas de confinamiento para frenarla, la incertidumbre se ha convertido en una constante. La información y las decisiones tomadas por administraciones y empresas cambian constantemente, intentando adaptarse sobre la marcha a una situación sin precedentes cercanos. En este escenario, ¿cómo ha afectado el COVID-19 a la gestión de siniestros en las empresas?
La declaración del estado de alarma en España el pasado 14 de marzo ha provocado un descenso progresivo en la volumetría de aperturas de siniestros. “Dentro del ramo de los seguros de daños materiales, es evidente que el parón de actividad supone una reducción en el número de siniestros, mientras que en el ramo de responsabilidad civil todavía es prematuro afirmar que se está produciendo esta reducción”, explica Gema Iribarren, Directora de Siniestros de Responsabilidad Civil de Willis Towers Watson. Además, las empresas están priorizando otros asuntos y, una vez la situación esté más normalizada, es probable que el número de siniestros y reclamaciones vuelva a aumentar.
Otra de las consecuencias inmediatas ha sido el incremento drástico del número de consultas de toda naturaleza e índole. La situación es excepcional y sus consecuencias, novedosas, por lo que ha aumentado la necesidad de información y de análisis específicos de cada caso.
¿Qué pasará con las reclamaciones relacionadas con el COVID-19?
Una de las situaciones que más dudas está suscitando estas semanas es el papel de las pólizas de responsabilidad civil ante posibles reclamaciones por contagio por coronavirus en el entorno laboral. En este sentido, habrá que tener en cuenta una serie de condiciones cuando se formulen este tipo de reclamaciones.
- Acreditación de la forma de contagio.
- El personal sanitario se verá afectado por una casuística única y es probable que reclame por daños psíquicos o shock postraumático.
- Estamos en un escenario que ha sido calificado por el Gobierno como fuerza mayor, por lo que se alegará por los reclamados la existencia de dicha fuerza mayor.
- También se alegará que el estado de la ciencia en determinados momentos no podía hacer pensar que las cosas fueran a ser como finalmente están siendo.
- Se alegará que la normativa obliga que establecer medios para garantizar la salud de los trabajadores, pero no para garantizar resultados.
- También se alegará que el riesgo era previsible e inevitable.
La multitud de escenarios que se han abierto en la situación actual de confinamiento y paralización de la actividad hace que sea imposible afrontar la gestión de siniestros con un enfoque general.
El único driver común a todos los negocios que es claramente regularizable si finalmente se sufre una disminución de los volúmenes de negocio es en las primas asociadas a Pérdida de Beneficios
“Atendiendo a la Ley de Contrato de Seguro no está claro cómo va a responder el mercado respecto de las posibles peticiones de extornos de primas por disminución de riesgo frente al periodo de cese de actividad. No está claro que realmente pueda considerar que ha habido una disminución de riesgo”, explica Alejandro Valladolid, Director de Siniestros de Willis Towers Watson.
Lo que sí está claro es que un activo desocupado es mucho más vulnerable frente a infinidad de eventualidades frente a las que normalmente se está mucho más protegido. Además, la Ley de Contrato de Seguro contempla una posible regularización de prima por disminución para futuras renovaciones y extorno de la parte proporcional de prima que corresponda respecto de la garantía de Pérdida de Beneficio (directamente vinculada con el volumen de negocio de la empresa).
“Ahora mismo, el único driver común a todos los negocios que es claramente regularizable si finalmente se sufre una disminución de los volúmenes de negocio es en las primas asociadas a Pérdida de Beneficios”, añade Alejandro Valladolid.
La pandemia de COVID-19 y la gestión de siniestros
Si algo nos ha demostrado el coronavirus es su capacidad para alterar el funcionamiento normal de nuestros sistemas. La situación cambia constantemente y lo que hoy se da por sentado puede no tener validez al cabo de una semana. Aun así, para Alejandro Valladolid existen una serie de claves a tener en cuenta para la futura vuelta a la normalidad en gestión de siniestros.
- Aumentará el número de reclamaciones, tanto derivadas del COVID-19 como comunicaciones que no se han efectuado por causa de la situación excepcional que vivimos y que se normalizarán en el futuro.
- Habrá que estudiar el impacto de los siniestros en el entorno laboral. Es probable que los casos en los que la negativa del empresario a facilitar equipo protector a los empleados no queden sin juzgar. Otra cosa será si se cubrirá o no por el asegurador, ya que será importante valorar si el contagio se produjo antes del estado de alarma o después y que se produjo con seguridad en el entorno laboral.
- El sector asegurador podría ser atribuido de una función social en una situación excepcional. Es decir, partiendo de que es un sector que resistió la crisis anterior e incluso salió reforzado de ella y es fuerte financieramente, se podría pensar que debe contribuir de alguna forma a solucionar la situación actual.
Una paralización temporal tiene muchas más connotaciones asociadas a agravación de riesgo que a disminución
- La situación de las empresas que hayan cambiado su actividad por imperativo legal o de manera voluntaria deberá ser valorada en detalle. A priori, si se produjesen accidentes laborales ajenos al contagio de la enfermedad por coronavirus no habrá cobertura a no ser que la póliza haya sido modificada.
- El impacto en las pólizas de responsabilidad civil de los directivos y los consejeros (D&O) se va a convertir en una realidad. En Estados Unidos ya hay reclamaciones de este tipo en marcha y es esperable que también se produzcan en España.
- En las pólizas de daños materiales y construcción y montaje, la ausencia de personal en los edificios hará mucho más complicado detectar la ocurrencia de eventualidades, tanto por el menor control como por la ralentización de las tareas de revisión y mantenimiento.
- Respecto a los siniestros en maquinaria en concreto, la inactividad conllevará una reducción de las reclamaciones temporal. Sin embargo, cuando la situación se normalice es probable que muchas empresas intenten recuperar el tiempo perdido, generando sobreesfuerzos en la maquinaria que pudieran derivar en siniestros. Es decir, que se prevé una escalada exponencial de reclamaciones y siniestros de daños materiales inédita en una especia de efecto rebote sin precedentes.
“Es obvio que una paralización temporal de la actividad supondrá obligatoriamente que ciertas casuísticas de siniestros no puedan materializarse físicamente, al menos no durante el periodo de tiempo que dure la interrupción de negocio”, concluye Alejandro Valladolid. “No obstante, una paralización temporal tiene muchas más connotaciones asociadas a agravación de riesgo que a disminución”.
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