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COVID-19: así afecta la pandemia a la gestión de riesgos en las empresas

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23 de abril de 2020

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7 minutos

Edición editorial:

Juan F.Samaniego
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Una situación excepcional y un futuro incierto. La crisis provocada por la pandemia de COVID-19 ha generado un escenario de negocio y operativo complejo para grandes empresas, pymes y autónomos. Esta situación sin precedentes ha modificado también el panorama de riesgos, por lo que para las organizaciones se ha convertido en prioritario comprobar si los seguros se adecúan o no al escenario de riesgos que estamos viviendo.

El informe La Gestión de Riesgos provocada por el COVID-19, elaborado por Willis Towers Watson, busca precisamente resumir cómo funcionan las garantías de las principales pólizas de seguros y cómo las coberturas pueden quedar afectadas por la situación que ha provocado la pandemia.

Los riesgos patrimoniales y la responsabilidad

A nivel patrimonial, los primeros riesgos a tener en cuenta son los que están cubiertos por las pólizas de daños materiales y pérdida de beneficios. Como normal general, la garantía de pérdida de beneficios solo se activa tras la ocurrencia de un daño material garantizado bajo la póliza. La COVID-19 no causaría dicho daño material, por lo que a priori no se activarían las coberturas. Sin embargo, existen excepciones.

La Gestión de Riesgos provocada por el COVID-19

El equipo de gestión de riesgos de Willis Towers Watson Iberia ha preparado este informe, en el que se abordan las coberturas o exclusiones más importantes vinculadas a la pandemia del COVID-19. LEER MÁS AQUÍ >>

Algunas pólizas garantizan con límites algún tipo de inhabitabilidad por contingencias como brotes víricos. Se trata de una ventana a tener en cuenta y explorar dentro de la situación de cada negocio, pero todavía se desconoce si dichas coberturas serán activables. El contexto derivado de la pandemia provocada por el SARS-Cov-2 es mundial y la paralización técnica de las actividades se está tomando a gran escala.

Algo similar ocurre con respecto a la interrupción de la actividad por el estado de alarma declarado en España. En este caso, habría que tener en cuenta que los daños ocasionados por las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz quedan amparados bajo el reglamento del Consorcio de Compensación de Seguros. Sin embargo, si se produjese la confiscación de un bien o una instalación, la perdida de beneficios no quedaría amparada.

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La responsabilidad civil y la respuesta de las autoridades

Ante una situación tan compleja y excepcional como la actual, se hace difícil dirimir cómo la pandemia va a afectar a la responsabilidad civil. Además, el impacto dependerá en gran medida de la reacción de los poderes públicos ante un escenario sin precedentes.

Si se produjese la confiscación de un bien o una instalación, la perdida de beneficios no quedaría amparada.

En cuanto a la responsabilidad civil patronal, habrá que determinar si las consecuencias de un contagio se pueden considerar como accidente laboral o enfermedad profesional. Además, en cada caso se podría analizar también si se vulneró la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en una situación excepcional. La responsabilidad civil patronal solo se activaría si el suceso es calificado de accidente laboral.

En cuanto a la responsabilidad civil de explotación, lo habitual es que se aplique la exclusión por fuerza mayor u otra exclusión similar, que además elimina la responsabilidad del asegurado o hace muy difícil su prueba.

Transportes, construcción y medioambiente

En la situación actual, existen otros riesgos patrimoniales y de responsabilidad más concretos que es necesario tener en cuenta. En relación al transporte, los daños causados a las mercancías por impedir su transporte a destino o en los plazos normales como consecuencia de la COVID-19 no están cubiertos por los seguros de transporte. Eso sí, habrá que contemplar la posibilidad de huelgas, revueltas, conmoción civil o disturbios (cubiertos por la póliza de guerra y huelgas) si la situación de bloque se prolonga durante mucho tiempo.

En el sector de la construcción, habrá que analizar en cada caso concreto la paralización de la actividad, las coberturas ALOP (siglas en inglés de pérdidas de beneficios anticipadas), el cumplimiento de las tareas de mantenimiento de equipos críticos asegurados, la necesidad de renegociar prórrogas en las pólizas y las posibles reclamaciones relacionadas con la responsabilidad civil.

Por último, las pólizas de responsabilidad medioambiental no otorgan cobertura a ninguna situación derivada de la COVID-19. Sin embargo, debe prestarse atención a posibles daños medioambientales derivados de la falta de mantenimiento o deficiencias en la gestión del equipo como consecuencia del estado de alarma sanitaria.

Los riesgos profesionales de la COVID-19

A nivel profesional, existen multitud de pólizas a tener en cuenta en una situación como la actual, desde el ciber riesgo hasta la responsabilidad civil de los directivos y los consejeros (D&O). Precisamente, el manejo de la situación provocada por la COVID-19 puede convertirse en una nueva fuente de quejas y reclamaciones contra los directivos y consejeros.

Las pólizas de D&O no se ciñen a una única ley específica, sino que se desarrollan en el entendimiento que cualquier legislación o estatuto que sea violado en el ejercicio de sus funciones. Teniendo en cuenta la situación actual, sí que podríamos ver casos exigiendo responsabilidad a los directivos y los consejeros por parte de empleados que han sido contagiados en su puesto de trabajo, terceros por impagos o accionistas.

Las ciber pólizas ante la COVID-19

Los productos de protección frente a ciber riesgos incluyen coberturas ante tres grandes grupos de pérdidas: las generadas por la primera respuesta y la gestión de crisis, los daños y perjuicios ante autoridades o terceros, y la interrupción del negocio. El estado de alarma como consecuencia de la COVID-19 ha llevado a muchas empresas a optar por el teletrabajo para continuar con su actividad. Sin embargo, esta situación también ha supuesto una mayor exposición a los ciber incidentes.

Debe prestarse atención a posibles daños medioambientales derivados de la falta de mantenimiento como consecuencia del estado de alarma sanitaria.

Por regla general, siempre que no existan exclusiones, las pólizas de ciber riesgos deberían cubrir las pérdidas de beneficios originadas por incidentes de ciberseguridad. Es importante destacar que en una situación en la que la mayoría de los colaboradores están trabajando de forma remota es fundamental disponer de un Plan de Respuesta ante Incidentes (PRI) para minimizar el impacto de dichas pérdidas.

Fraude y responsabilidad civil profesional

Las pólizas de infidelidad o fraude tienen por objeto proteger el balance de la sociedad ante pérdidas cometidas por infidelidades de empleados o actos fraudulentos. Así, las consecuencias de la pandemia no serán de ninguna manera asegurables bajo este tipo de pólizas. Esto no significa que el escenario actual no pueda suponer un incremento de este tipo de riesgos.

De manera similar, las pólizas de responsabilidad civil profesional, diseñadas para cubrir reclamaciones derivadas de errores u omisiones cometidos en el desarrollo de un servicio o actividad para terceros, tampoco deberían cubrir las consecuencias de los incumplimientos contractuales derivados de la situación actual. Sin embargo, en casos concretos, como por ejemplo errores en el asesoramiento de una empresa de consultoría a clientes afectados por la crisis del coronavirus, sí podrían ser objeto de cobertura.

Los riesgos del crédito y las cauciones

La crisis económica derivada de las medidas tomadas para hacer frente a la pandemia de COVID-19 ha generado preocupación en muchos sectores, afectados tanto por caídas importantes en la demanda como por el impacto en la cadena de suministro global o los riesgos operativos en ciertos mercados. La posición general de las aseguradoras sigue siendo de expectación, pero es muy probable que se empiecen a restringir las nuevas coberturas en las industrias turísticas y se revisen las coberturas en sectores como el del automóvil, el petróleo y el gas o la construcción.

Es probable que la práctica que más se extendiendo en relación a los seguros de caución sea la de entregar las garantías una vez finalice el estado de alarma.

En cuanto a las coberturas de los seguros de caución, el beneficiario (quien recibe el aval y por tanto puede ejecutar) adquiere una relevancia singular en el negocio afianzador. En cada caso particular habrá que atender a qué tipo de beneficiario nos enfrentemos, público o privado, para dirimir la entrada en cobertura en una potencial ejecución de aval.

Teniendo en cuenta lo extraordinario de la situación, las medidas que se vayan tomando también serán excepcionales. Así, es probable que la práctica que más se extendiendo en relación a los seguros de caución (en el caso particular de España) sea la de entregar las garantías una vez finalice el estado de alarma.

La COVID-19 y los riesgos para las personas

La situación provocada por la pandemia también ha tenido su impacto en los riesgos para las personas, desde el sanitario hasta la asistencia en viaje o los seguros de vida. La industria del seguro, a través de su patronal UNESPA, ha manifestado en todo momento su firme e inequívoca colaboración con el sector público para hacer frente a la COVID-19, por lo que la asistencia sanitaria se presta con normalidad a todos los asegurados y siempre de acuerdo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

El caso es similar para las pólizas para expatriados y los seguros de asistencia en viaje. Las coberturas se están aplicando con normalidad y siempre atendiendo a las recomendaciones de los responsables de salud pública de cada territorio.

Por otro lado, gran parte del mercado asegurador se ha comprometido a dar cobertura a los fallecimientos causados por COVID-19, incluso en aquellos casos que los condicionados recogieran exclusiones ocasionadas por pandemias y/o epidemias.

Por último, cabe resaltar la situación particular de los eventos. Aunque el futuro es incierto, es probable que la mayor parte de eventos multitudinarios planificados para 2020 en España no se puedan celebrar en la fecha prevista. En este caso, los seguros que cubren las pérdidas financieras derivadas de la cancelación, el aplazamiento, la reubicación o el abandono pueden reflejar situaciones como la pandemia actual o un brote epidémico. En cualquier caso, la póliza debe siempre haberse contratado antes de que dicha epidemia haya sido reconocida.

En definitiva, así es como, de forma general, la pandemia afecta a la gestión de riesgos en las empresas y las personas. Eso sí, hay que tener en cuenta que la casuística de cada línea de seguro es muy específica y debe ser estudiada en detalle en cada caso.

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