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Trabajar después de la jubilación: ¿es posible?

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20 de julio de 2021

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Tiempo de lectura
4 minutos

Edición editorial:

Juan F.Samaniego

Poder trabajar después de la jubilación, o lo que es lo mismo, la posibilidad de compatibilizar jubilación y trabajo, es una de las soluciones que se manejan para avanzar hacia la sostenibilidad del sistema público de pensiones. Además de fomentar el envejecimiento activo, estar jubilado y trabajando al mismo tiempo contribuye a contener el gasto en pensiones y permite también no interrumpir por completo la carrera profesional. En los últimos años, las opciones para compatibilizar el cobro de la pensión y el trabajo han aumentado.

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Por tanto, si estás en este artículo es posible que te estés preguntado, ¿estando jubilado se puede trabajar? La respuesta es Si. Hoy por hoy, en España, hay tres vías para hacerlo: la jubilación activa, la flexible y la parcial. Estas tres opciones permiten saltarse la regla de que la percepción de la pensión de jubilación es incompatible con llevar a cabo cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, que dé lugar a la inclusión del pensionista en el Régimen General o en alguno de los Regímenes Especiales. Estos son los detalles de cada una de las modalidades para compatibilizar jubilación y trabajo.

Trabajar después de la jubilación: jubilación activa

La figura de la jubilación activa es la más reciente de las tres en ser descrita en la regulación de pensiones. Fue introducida por el Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, y permite, con una serie de requisitos y restricciones, compatibilizar un empleo con la percepción de la pensión una vez alcanzada la edad de jubilación. Así, la Seguridad Social detalla las condiciones para acceder a la jubilación activa:

  • El acceso a la pensión no podrá haber tenido lugar antes de cumplir la edad que en cada caso resulte de aplicación. En 2021, habrá que haber cumplido 66 años o haber cotizado más de 37 años y 3 meses o más.
  • La cuantía de la pensión alcanzada debe ser del 100% aplicable a la respectiva base reguladora. Esto significa que solo podrán acceder a la jubilación activa los que hayan alcanzado su pensión máxima.
  • El trabajo compatible deberá desarrollarse en el sector privado, pero podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • La modalidad de jubilación activa es aplicable a todos los regímenes de cotización, excepto el de Clases Pasivas.

La jubilación flexible es una alternativa para aquellos que, siendo ya pensionistas, decidan volver a trabajar.

¿Cuánto dinero puedo recibir de mi jubilación si me acojo a la jubilación activa? En cuanto a la cuantía, de la pensión compatible con la actividad profesional, la norma fija que será del 50% del importe reconocido inicialmente. Si la actividad se realiza por cuenta propia (por ejemplo, en el régimen de autónomos) y se tiene al menos un trabajador contratado, la cuantía alcanzará el 100 %.

Jubilación y seguir trabajando: jubilación flexible

La jubilación flexible es una alternativa para aquellos que, siendo ya pensionistas, es decir, estando jubilados, deciden volver a trabajar. De acuerdo con la Seguridad Social, esta permite “compatibilizar, una vez causada, la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial”. Este tipo de jubilación tiene también una serie de requisitos bien definidos:

  • Situación pasiva: el pensionista ya debe estar en situación pasiva (es decir, debe estar jubilado) en el momento de acceder a la modalidad flexible.
  • El pensionista debe iniciar un trabajo a tiempo parcial con una reducción de jornada de entre el 25% y el 50% en relación a un empleo comparable a tiempo completo. Es decir, el pensionista trabajará como mínimo al 50% y como máximo al 75% de la jornada laboral a tiempo completo.
  • En este caso, no está permitido hacerlo como trabajador por cuenta propia ni en el sector público. Eso sí, podrá compatibilizarse con varios contratos laborales siempre y cuando no se superen los límites de jornada.
  • Durante el tiempo en que el pensionista esté activo, cotizará según las reglas generales. Como consecuencia, cuando finaliza el contrato y el trabajador vuelve a la situación de jubilación total, se recalcula la cuantía de pensión a percibir conforme a las nuevas cotizaciones.

La vía de la jubilación parcial está pensada para el abandono gradual del mercado laboral una vez cumplidos los 60 años.

Compatibilidad de jubilación y trabajo: jubilación parcial

Por último, la vía de la jubilación parcial está pensada para el abandono gradual del mercado laboral una vez cumplidos los 60 años. Te permite trabajar después de la jubilación, pero debes seguir trabajando a tiempo parcial al tiempo que se completa el salario con una parte proporcional de la pensión de jubilación. Así, de acuerdo con la Seguridad Social, “se considera jubilación parcial la iniciada después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada”.

Cualquier trabajador por cuenta ajena, podrá acceder a la jubilación parcial a partir de los 60 años. Para ello, existen dos modalidades diferentes:

  • Jubilación parcial sin contrato de relevo. Los trabajadores podrán estar contratados a jornada completa o parcial en el momento de acceder a este tipo de jubilación y tendrán una reducción de jornada de entre un 25% y un 50% (o del 75% en algunos supuestos). El trabajar deberá haber cotizado un mínimo de 15 años, pero no se exigirá ningún tipo de antigüedad mínima en la empresa.
  • Jubilación parcial ligada a un contrato de relevo. Esta modalidad busca fomentar el relevo generacional en la plantilla. Así, al mismo tiempo que se accede a la jubilación parcial, deberá firmarse un contrato de relevo con otro trabajador. En este supuesto, el solicitante deberá estar contratado a jornada completa y haber cotizado un mínimo de 33 años, así como haber trabajado un mínimo de seis meses en la empresa.

En cuanto a la cuantía de la pensión, en ambos casos será el resultado de aplicar el porcentaje de reducción de la jornada laboral acordado, al importe de la pensión total que correspondería al beneficiario. En resumen, jubilación activa, flexible y parcial son tres modalidades pensadas para situaciones diferentes, pero con resultados similares: permiten trabajar después de la jubilación, es decir, seguir trabajando al tiempo que se cobra parte de la pensión de jubilación.

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