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¿Qué preguntas debo hacer a mi futura empresa sobre el plan de jubilación?

Abril 3, 2018

La gran mayoría de los españoles confían, en exclusiva, en el sistema público de pensiones.
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La gran mayoría de los españoles confían, en exclusiva, en el sistema público de pensiones. Sin embargo, un número creciente de compañías apuestan por el segundo pilar (ahorro complementario a través de la empresa) para complementar el primer pilar y, así, acompañar al empleado en el ahorro para su jubilación. En los próximos años, ante los desafíos del sistema público de pensiones, el ahorro privado se revela fundamental para que los trabajadores puedan mantener un nivel de vida adecuado tras la jubilación.

Por ello, los Planes de Pensiones de Empleo y otras modalidades de ahorro dentro de las empresas son cada vez un factor más importante para que los trabajadores se decanten por una u otra empresa, así como para retener el talento dentro de tu compañía.

Si, como trabajador, te encuentras en un proceso de búsqueda de nuevo empleo o simplemente quieres conocer mejor el plan de pensiones de la empresa en la que trabajas, estas son las preguntas clave que debes saber hacer sobre el plan de jubilación. La primera, claro, es saber si realmente se tiene implementado algún instrumento de ahorro dentro de la compañía.

¿Cuál es la modalidad del plan de pensiones en la empresa?

Una vez que nos hayamos asegurado de que contamos con un plan de previsión dentro de la empresa, conviene conocer de qué clase es. Según las obligaciones que se contraigan, existen dos grandes modalidades, aunque también hay modelos mixtos que combinan ambas opciones:

  • Planes de aportación definida. En esta modalidad se determina la cuantía de las aportaciones a realizar. En el momento de la jubilación se recibirán los fondos acumulados a esa edad.
  • Planes de prestación definida. En este tipo de planes se establece cuál será el importe que se va a percibir en el momento de la jubilación y se harán las aportaciones necesarias para alcanzar esta prestación.

Según el vehículo de instrumentación del plan de jubilación:

  • Plan de pensiones de empleo o PPE. Está dirigido a toda la plantilla (principio de no discriminación). La principal característica de este tipo de planes es que está gobernado por una comisión de control, formada por representantes de la empresa y de los trabajadores.
  • Plan de previsión social empresarial o PPSE. Mantienen los principios básicos del PPE, con la diferencia de que quien gobierna este tipo de planes es la empresa a través de un seguro con rentabilidades mínimas garantizadas.
  • Seguro colectivo. Permiten discriminar y por tanto dirigirnos a un colectivo determinado. Normalmente se ponen en marcha para mandos directivos e intermedios. Este instrumento permite no reconocer los fondos acumulados hasta el cumplimiento de los requisitos que la empresa establezca para el cobro.

¿Cuándo y cómo se realizan las aportaciones al plan?

El reglamento del plan establece cómo y cuándo se deben realizar las aportaciones. Respecto a la frecuencia, suelen ser mensuales o trimestrales, aunque también se pueden hacer cada semestre o una vez al año. Además, existen las aportaciones puntuales, que se hacen de forma esporádica. Los planes pueden contemplar aportaciones solo de la empresa o, también, que la financiación sea compartida entre el empleado y la empresa.

Por otro lado, las aportaciones pueden invertirse en distintos tipos de activos, algo que también conviene conocer.

  • Renta fija. Las inversiones se destinan a productos financieros de renta fija públicos o privados. Tienen un riesgo teórico bajo, pero su rentabilidad tampoco es elevada.
  • Renta fija mixta. Se invierte en activos de renta fija y un máximo del 30% se destina a activos de renta variable.
  • Renta variable. Se invierten en activos de renta variable, ofreciendo más rentabilidad que los anteriores a cambio de un riesgo mayor.
  • Renta variable mixta. Se destina entre un 30% y un 75% del plan a activos de renta variable, mientras el resto se invierte en renta fija.
  • Garantizados. Garantizan que el titular recuperará todo el capital invertido cuando venza el plan, siempre y cuando haya mantenido la inversión.

¿Cómo puedo realizar aportaciones voluntarias al plan?

Además de las aportaciones predeterminadas en el reglamento, hay planes que permiten la posibilidad de realizar aportaciones voluntarias. Estas se pueden hacer a través de la entidad gestora, la compañía aseguradora, o la propia empresa. Hay que tener en cuenta que tanto para los planes de pensiones de empleo, como para los planes de previsión social empresarial, existe un límite máximo anual de 8.000 euros entre todas las aportaciones (empresa y empleado).

¿Qué pasa si ceso en la empresa?

Si el instrumento que tenemos implantado en la empresa es un Plan de Pensiones de Empleo (PPE) o Plan de Previsión Social Empresarial (PPSE), tendré el 100% de los derechos adquiridos y, por tanto, tendré la capacidad de decidir si quiero movilizar mis fondos acumulados. En el caso de los seguros colectivos, dependerá de los términos que se hayan fijado. Así, habrá que acudir a las especificaciones del plan para certificar si tengo derecho o no sobre las aportaciones efectuadas por la empresa.

¿Cuáles son las contingencias cubiertas por el plan?

En el régimen general, los planes de jubilación se hacen efectivos en el momento de la jubilación (sea cual sea su fórmula). En el supuesto de incapacidad permanente del trabajador, o en el caso del fallecimiento del empleado, cabe la posibilidad de generar situaciones de viudedad u orfandad.

Por otro lado, existe un régimen especial para personas con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33%, así como para discapacitados que tengan una incapacidad declarada judicialmente. Bajo este régimen, las contingencias pueden recaer sobre el cónyuge o los parientes de la persona discapacitada. Además, el agravamiento del grado de discapacidad podrá ser objeto de cobertura.

¿Cuándo puedo percibir el dinero aportado?

La jubilación, la invalidez, el fallecimiento o la dependencia severa son, como hemos visto, las coberturas o contingencias habituales en los planes de jubilación. Existen también algunos casos extraordinarios, conocidos como supuestos excepcionales de liquidez.

  • Enfermedad grave en el titular del plan o alguien que dependa directamente del titular. Solo se aplica en caso de enfermedad grave con el debido certificado médico.
  • Paro de larga duración. Se contempla recuperar el dinero aportado en el caso de estar en paro sin acceso a prestaciones o tras agotarse las mismas.
  • Diez años de antigüedad. Tras la última reforma tributaria, se podrán rescatar las aportaciones a Planes de Pensiones de Empleo (PPE) y Planes de Previsión Social (PPSE) que tengan al menos diez años de antigüedad a partir de 2025, siempre y cuando esté recogido en las especificaciones del Plan.

¿Cómo puedo percibir el dinero y qué implicaciones fiscales tiene?

A la hora de acceder a las prestaciones del plan, conviene tener en cuenta las implicaciones fiscales, que varían en función de cómo vamos a percibir el dinero. Las prestaciones se pueden percibir en forma de capital (en un único pago), en forma de renta periódica o de forma mixta (una combinación de ambas).

En términos generales, las prestaciones de los planes se consideran salario (rendimientos del trabajo) del IRPF.

¿Qué herramientas pone la gestora, la aseguradora o la empresa a disposición del partícipe?

El beneficiario del plan dispone de una cantidad creciente de información para tomar sus decisiones. Como punto de partida, las compañías aseguradoras y las entidades gestoras están obligadas a facilitar información escrita con el fondo acumulado y las rentabilidades obtenidas en el plan, como mínimo una vez al año.

Además, se pueden poner a disposición del partícipe herramientas como:

  • Información sobre las inversiones para conocer la rentabilidad de las aportaciones.
  • Simulador de planes de pensiones para estimar y planificar las aportaciones.
  • Simulador de prestaciones para planificar el cobro de la prestación.
  • Calculadora de ahorro fiscal para conocer las implicaciones tributarias del plan de pensiones.
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