Lupa
Button toggle Button toggle
Inicio Flecha a la derecha Categorías ... Flecha a la derecha ... Flecha a la derecha Así cambian las pensiones de jubilación y viudeda... Comunicar los...
Botón de scroll

Así cambian las pensiones de jubilación y viudedad con los nuevos Presupuestos

Rectangules
18 de septiembre de 2018

NUESTROS EXPERTOS:

Logotipo WTW Update

Tiempo de lectura
3 minutos

Edición editorial:

Juan F.Samaniego

Julio trajo la aprobación de definitiva de los Presupuestos Generales del Estado acordados por el ejecutivo del Partido Popular y mantenidos por el nuevo Gobierno del PSOE. Las cuentas públicas, en vigor desde el día 10 de julio, han supuesto cambios en las pensiones de jubilación. Y el Real Decreto, ligado a los presupuestos, aprobado el día 20, ha actualizado definitivamente las pensiones de viudedad. Analizamos los principales cambios en ambas prestaciones.

 

Las pensiones de jubilación tras los Presupuestos Generales

Entre otras novedades, los Presupuestos Generales del Estado de 2018 han incluido un aumento en las pensiones mínimas y otra subida general para todas las pensiones, vinculándolas de nuevo al incremento del IPC. Dichos cambios, que se han notado ya en los pagos de agosto, tienen efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2018. Es decir, los pensionistas reciben también una paga de compensación por las subidas no aplicadas desde principio de año.

New Call-to-action

1. Subida de las bases máximas de cotización.

El tope máximo de cotización pasa a ser de 3.803,70 euros mensuales o de 126,79 euros diarios para todos los Regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido. Antes de la aprobación de los presupuestos era de 3.751,20€ mensuales.
En cuanto a las bases mínimas, estas permanecerán ligadas al salario mínimo interprofesional y aumentarán en el mismo porcentaje en el que suba dicha retribución mínima.

2. Incremento adicional de las pensiones.

Además del incremento del 0,25% para todas las pensiones que se ha aplicado en 2018, los Presupuestos Generales del Estado han fijado un incremento adicional retroactivo del 1.35%. Así, las pensiones contributivas abonadas por el sistema de la Seguridad Social y las pensiones de Clases Pasivas del Estado suben, con carácter general, un 1,6%. Manteniéndose también en 2019.

3. Subida de las pensiones mínimas.

“Las cuantías mínimas de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, se incrementarán en un 2,75% adicional” al 0,25% pactado para 2018, según se señala en el BOE. Es decir, las pensiones contributivas mínimas se incrementan un 3% con carácter retroactivo.

Las pensiones contributivas abonadas por el sistema de la Seguridad Social y las pensiones de Clases Pasivas del Estado suben, con carácter general, un 1,6%

Las subidas aprobadas superan con mucho el Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP) del 0,25% pactado para intentar conseguir la sostenibilidad del sistema de pensiones. Además, entre otras medidas acordadas para los presupuestos de 2018, también se ha retrasado la entrada en vigor del Factor de Sostenibilidad, prevista para el próximo 1 de enero, hasta el año 2023.

 

Las pensiones de viudedad tras los Presupuestos Generales

Al igual que con las pensiones de jubilación, los Presupuestos Generales del Estado han incluido un incremento para las pensiones de viudedad que se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018. Dicho incremento estaba contemplado desde el año 2011, pero nunca se había hecho efectivo.

Los Presupuestos Generales del Estado han incluido un incremento para las pensiones de viudedad que se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018

Así, el % de la base reguladora aumentará al 56% en 2018 y al 60% en 2019. “El porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de viudedad a favor de pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública, regulado en la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, será del 56% desde el día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de esta Ley. Este incremento alcanzará el 60% el 1 de enero de 2019”.

La disposición de la Ley 27/2011 establece que el Gobierno adoptará las medidas reglamentarias oportunas para que la cuantía de la pensión de viudedad a favor de este colectivo de pensionistas equivalga al 60% de la base reguladora, siempre que no perciban ingresos por la realización de un trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia ni tampoco rendimientos o rentas que, en cómputo anual, superen el límite de ingresos que esté establecido en cada momento para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.

 

New Call-to-action

 

Deja un comentario

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Tranquil@, tu dirección de email no se publicará

Edición editorial: Juan F.Samaniego

Todo lo que WTW puede ofrecer a tu empresa

Bienestar integral

Pide información

Bienestar económico/financiero

Pide información

Quizás te interese

Previous Next